El próximo miércoles 9 de diciembre reabren 7 instalaciones deportivas municipales al aire libre

El próximo miércoles 9 de diciembre reabren 7 instalaciones deportivas municipales al aire libre
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El próximo miércoles 9 de diciembre reabren 7 instalaciones deportivas municipales al aire libre
06 dic. 2020
Dentro de las actividades permitidas por la resolución de 3 de diciembre de 2020 de la Consejería de Salud del Principado de Asturias

La Fundación Deportiva Municipal procederá el miércoles 9 de diciembre a la reapertura de 7 instalaciones deportivas, dentro de las actividades permitidas por la resolución de 3 de diciembre de 2020 de la Conserjería de Salud del Principado de Asturias (BOPA Suplemento al Nº 234 de 3-XII-2020).

Las instalaciones que el miércoles reabrirán sus puertas tras permanecer cerradas al público son las siguientes:

  1. Pista exterior del Estadio de Atletismo Yago Lamela
  2. Pista de atletismo del Complejo Deportivo La Toba
  3. Pista de rodadura para bicicletas de San Cristóbal
  4. Pistas de tenis del Complejo Deportivo Los Canapés
  5. Pistas de tenis del Complejo Deportivo La Magdalena
  6. Campo de tiro con arco de Miranda
  7. Skatepark de La Magdalena.

El acceso a estas instalaciones será restringido, contará con aforo limitado y se llevará a cabo bajo estrictas medidas de higiene y seguridad. Para acceder será necesario solicitar reserva previa a través de la página www.aviles.es/FDMReservasCovid19, donde el usuario deberá indicar la franja horaria en la que hará uso de la instalación. Se podrán realizar reservas durante las 48 horas previas a la franja horaria que se desee reservar.

Las franjas de uso serán siempre de una hora de duración, excepto en el caso de las de la pista exterior del Estadio de Atletismo "Yago Lamela" para los usos individuales de las entidades deportivas de atletismo del municipio, que serán de una hora y media. Estas entidades son la Asociación Atlética Avilesina, Avilés Atletismo, y Villa del Adelantado, que se coordinarán en la reserva semanal de horarios.

Por su particularidad, al ser una instalación gestionada directamente por el Club Arcos de Texu de Avilés, el campo de tiro con arco de Miranda no dispondrá de franjas horarias, si bien debe respetar en todo momento el aforo máximo establecido: 10 personas por hora.

Por su parte, el aforo será limitado a 50 personas por hora en la pista exterior del Estadio de Atletismo Yago Lamela; a 30 personas por hora en la pista de atletismo de La Toba; a 20 personas por hora en la pista de rodadura de San Cristóbal; a 10 personas en el Skatepark de La Magdalena; y a 4 personas por hora en las pistas de tenis de los complejos deportivos de Los Canapés y La Magdalena.

 

Horarios de apertura

El horario de apertura de las instalaciones será el siguiente:

  • Lunes a viernes: de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 21:00 horas
  • Sábados: de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 21:00 horas*
  • Domingo de 10:00 a 14:00

(*) En el caso de la pista exterior del Estadio de Atletismo Yago Lamela, el horario de tarde de lunes a viernes será de 15:30 a 21:00 horas.

Normas

La Fundación Deportiva Municipal ha establecido una serie de normas disponibles tanto a través de carteles en las instalaciones como mediante el escaneo de códigos QR que permitirán en todo momento acceder, gracias a cualquier dispositivo móvil, a las medidas implantadas por la Fundación para evitar contagios por COVID-19, y a las diferentes  Resoluciones de la Consejería de Salud que vienen actualizando las medidas dictadas por las autoridades sanitarias.

Las normas más significativas establecidas para esta reapertura son las siguientes:

Normas higiénicas básicas

  • Limpie sus manos frecuentemente.
  • Cubra sus toses y estornudos.
  • Use pañuelo desechable para toser o escupir.
  • Procure no tocarse la cara durante el transcurso de la actividad.
  • Evite derramar mucosidad, fluidos o escupir en la instalación.

 

Normas generales

  • Se prohíbe el acceso a las instalaciones de cualquier persona que pueda tener síntomas compatibles con el COVID-19 o haya estado en contacto con otras personas que estén contagiadas.
  • Se recomienda que los principales grupos vulnerables no asistan a las instalaciones o. Si lo hicieran, será bajo su responsabilidad. El Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables a las personas mayores de 60 años y aquellas diagnosticadas de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodeficiencias y embarazadas, por el principio de precaución.
  • Se recomienda portar un kit sanitario consistente en mascarilla, hidrogel desinfectante y una bolsa de basura para retirar los residuos que genere.
  • Se deberán mantener las medidas de distanciamiento seguro de 1,5 metros entre personas usuarias, y entre estas y el personal trabajador de la Fundación.
  • Se establece la obligación de uso de mascarilla, para las personas de seis años en adelante, en la vía pública, espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
  • La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes supuestos:
    1. Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
    2. Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
    3. Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
    4. Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Los vestuarios y servicio de taquillas permanecerán cerrados temporalmente al publico mientras lo determine la autoridad sanitaria. En todo caso se recomienda que, una vez finalice la actividad, las personas usuarias se duchen en sus domicilios.

El incumplimiento de estas y del resto de normas establecidas en cada instalación podrá conllevar el requerimiento por parte del personal de la instalación para que abandone la misma. Si dicho incumplimiento fuese reiterativo podrá dar lugar a la prohibición de acceso a la instalación por el tiempo que determine la Fundación Deportiva Municipal.

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