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La Ordenanza de Animales continua su tramitación, antes de su entrada en vigor
01 jul. 2022
La semana que viene se conocerán las alegaciones presentadas al texto, aprobado inicialmente por unanimidad en el Pleno municipal de abril. No será de aplicación hasta su aprobación definitiva y posterior publicación en el BOPA.

 

La Ordenanza Municipal reguladora de la Tenencia, Protección y Bienestar Animal del Ayuntamiento de Avilés no entrará en vigor hasta que se resuelvan las alegaciones presentadas, se apruebe definitivamente y se publique en el BOPA.

Hoy finaliza el plazo de información pública del texto aprobado inicialmente en el Pleno del mes de abril, con lo que al próxima semana se conocerá el número de las alegaciones presentadas.

Así lo explicó esta mañana el concejal Jorge Luis Suárez:

"La Ordenanza de Bienestar Animal fue aprobada inicialmente en el pleno del mes de abril de 2022. A partir de ese momento, el procedimiento a seguir es el siguiente: la ordenanza ha tenido una exposición pública de un mes. En ese mes cualquier ciudadano podía presentar cualquier tipo de alegación".

"Las alegaciones serán estudiadas por los servicios técnicos, jurídicos para valorar su idoneidad o no idoneidad. A continuación tienen que pasar a la comisión correspondiente y luego al siguiente pleno para su aprobación definitiva. En caso de que no hubiera alegaciones -lo sabremos a partir de la semana que viene aproximadamente- se enviaría directamente al Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el momento de su publicación entraría en vigor, nunca antes."

 

Contenido de la Ordenanza

La norma nace con el objetivo de regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad, garantizando el bienestar de los mismos en su condición de seres vivos dotados de sensibilidad, de acuerdo con la nueva definición del Código Civil.

Además, el texto busca promover la convivencia, en términos satisfactorios para todas las partes, entre las personas que poseen animales de compañía y las que no optan por ello. Se pretende asegurar que ni su presencia ni sus hábitos impliquen un perjuicio para la higiene, el ornato, el ruido y la seguridad de la ciudad.

Hace especial hincapié en la promoción de la tenencia responsable de los animales, en la protección y defensa de sus de sus derechos, en la atención de sus necesidades en caso de abandono y maltrato, y en todo aquello que ayude a su desarrollo integral.

Asimismo, la nueva norma abre la posibilidad de establecer una tasa por la tenencia de animales de compañía, con el fin de que la Administración pueda ofrecer un número mayor de servicios de calidad para los animales de compañía.

Entre los aspectos más destacados de la ordenanza se encuentran los siguientes:

  • Se prohíben los actos que impliquen causar la muerte de animales o el uso de los mismos en espectáculos públicos que puedan derivar en crueldad, mofa, daño y sufrimiento.
  • Se plantean medidas para impedir mantenerlos atados de forma permanente o durante largos periodos de tiempo.
  • La tenencia de animales de compañía en viviendas urbanas comportará el respeto a las normas higiénicas, de seguridad y molestias e incomodidades a los vecinos, por ruidos, olores y otros.
  • A partir de la tenencia de más de tres animales se exigirá una declaración responsable, mientras que a partir de cinco se exigirán las mismas medidas que deben contemplar los núcleos zoológicos.
  • Se prohíbe dejar solos los animales en el domicilio durante más de un día, debiendo garantizarles siempre comida y agua.
  • Se prohíbe su permanencia en vehículos estacionados durante más de media hora.
  • Se incluye un capítulo específico para regular todo lo concerniente a los gatos que forman parte de las colonias urbanas.
  • En los lugares públicos, los animales de compañía deberán:
    • Ir sujetos con correa de un máximo de longitud de 2 metros. Los potencialmente peligrosos deberán de llevar asimismo bozal. Todo ello salvo en los lugares señalados por el Ayuntamiento para su expansión y disfrute.
    • Los excrementos y micciones deberán ser recogidos por sus tenedores en el primer caso, y diluida con botella de agua en el segundo.
    • Se prohíbe la entrada de animales a los locales con manipulación y/o exposición de alimentos y a los centros públicos oficiales. Los propietarios de hoteles, pensiones, bares, cafeterías podrán autorizar a su criterio la entrada en estos establecimientos, debiendo anunciarse en lugar visible a la entrada del establecimiento.
    • En las terrazas exteriores, los animales deberán permanecer en el suelo y bajo control de sus tenedores.
  • Se promoverán campañas divulgativas para el fomento de las adopciones, campañas de concienciación y divulgativas en centros escolares, para la sensibilización y tenencia responsable, en cooperación con las entidades protectoras de los animales de compañía.

El texto incluye títulos específicos para regular la recogida de animales abandonados, errantes y muertos, la labor de las asociaciones y su colaboración con la administración, y el régimen sancionador. En relación con este último aspecto, se estipulan sanciones de hasta 750 euros en las infracciones consideradas como leves, de hasta 1.500 euros en las graves y de hasta 3.000 euros en las muy graves.

 

Proceso de elaboración

Partiendo de un borrador realizado por la Comisión Especial creada al efecto y realizado en las últimas fechas del mandato de la anterior Corporación Municipal, la actual continuó los trabajos bajo la premisa de elaborar una Ordenanza con el mayor consenso social y político. Para ello, se invitó a comparecer en la citada comisión a profesionales, protectoras de animales, entidades animalistas, colegios profesionales y personas, que a título individual, cuentan con cierta relevancia en la materia dentro de la sociedad avilesina.

Concretamente, durante las nueve sesiones celebradas de la mencionada Comisión Especial, tuvieron lugar quince comparecencias:

  1. Asociación Asturmiaus.
  2. Fundación Protectora de Animales del Principado de Asturias.
  3. Asociación Une dos Soledades.
  4. Asociación Animal Feral.
  5. Asociación Avilés Felino.
  6. Asociación Felina "La Esperanza".
  7. Ilustre Colegio de Veterinarios de Asturias.
  8. Asociación Empresarial de Profesionales Veterinarios.
  9. Sindicato Veterinario SIVEPA.
  10. Flor Rodríguez Lázaro.
  11. Alberto Jesús Arribas.
  12. Criogene Servicios Genómicos.
  13. Raquel González Menéndez.
  14. Policía Local de Avilés
  15. EQUO-Alternativa Verde por Asturias.

Finalizadas las comparecencias, la Secretaría de la Comisión elaboró un nuevo borrador de la Ordenanza, incorporando un buen número de las propuestas expresadas, pasando posteriormente a permanecer en exposición pública.

El 16 de noviembre de 2021, la Comisión de Urbanismo y Promoción Económica dio cuenta de la propuesta inicial de la Ordenanza y abrió un plazo de 5 días para que los grupos políticos municipales pudieran proponer enmiendas a la misma. Estos presentaron cerca de 50 enmiendas al texto, algunas correcciones de estilo, otras de fondo.

Tras reunirse el Equipo de Gobierno con los grupos políticos, de forma individual y en doble vuelta, se han incorporado al texto la gran mayoría de las enmiendas presentadas, bien manteniendo el contenido inalterado de las mismas o bien transacionadas.

Por su parte, la Policía Local ha realizado un intenso trabajo en la adecuación del apartado de sanciones.

El concejal de Participación Ciudadana, Jorge Luis Suárez, señala que "esta es una ordenanza que cuenta con el mayor consenso social y político". El edil recuerda que la norma "es de todos, tanto de la sociedad como de todos los grupos políticos de la Corporación, pues todos hemos participado en el documento final de una forma determinante".

Todo ello, afirma, "subordinado a la tenencia, protección y bienestar animal, sin olvidarnos de la convivencia social entre quienes que disfrutan con los animales de compañía y quienes que no optan por ello".

 

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