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Convocadas las ayudas del Principado a personas mayores y con discapacidad
23 jul. 2022
Su finalidad es financiar los gastos derivados de la adquisición de productos de apoyo

El Principado de Asturias ha abierto el plazo de presentación de solicitudes, hasta el 16 de agosto, para las convocatorias de ayudas a personas mayores y a personas con discapacidad. El objetivo de esta iniciativa es financiar los gastos que los solicitantes hayan realizado durante el ejercicio 2022, así como aquellos realizados desde el 25 de mayo de 2021 para la adquisición de productos de apoyo.

El trámite se puede hacer de manera presencial en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano y en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias. O de forma telemática en el Registro Electrónico del Principado de Asturias.

Estas ayudas están destinadas a residentes del Principado de Asturias que estén empadronados en uno de sus concejos en la fecha de la solicitud. En caso de no ostentar la nacionalidad española o la condición de nacional de los estados miembros de la Unión Europea, tendrá que tener el permiso de residencia en vigor.

Las personas que hayan recibido ayuda por el mismo concepto en las tres últimas convocatorias no podrán optar a esta nueva convocatoria.

Productos de apoyo

Solamente se podrá solicitar ayuda para un producto de apoyo:

  1. Prótesis dentales removibles completas (unidad): 750 €.
  2. Prótesis dentales removibles parciales (unidad): 400 €.
  3. Asiento para inodoro: 100 €.
  4. Asiento para baño/ducha: 140 €.
  5. Silla baño/ducha con ruedas: 300 €.
  6. Cojín antiescaras: 120 €.
  7. Grúa: 600 €.
  8. Cama articulada eléctrica: 580 €.
  9. Cama articulada manual: 260 €.
  10. Colchón antiescaras: 300 €.
  11. Audífono: 1.000 €/unidad.

Se considerarán como un solo producto de apoyo dos audífonos; dos prótesis dentales removibles completas o parciales: superior e inferior; así como el colchón antiescaras y la cama articulada, ya sea manual o eléctrica.

No se subvencionarán prótesis dentales fijas ni tratamientos dentales, tampoco se subvencionarán a las personas que tengan su domicilio en centros residenciales la adquisición de productos de apoyo que deban ser proporcionados por el propio centro, tales como camas articuladas o colchones anti escaras.

Para ser beneficiario de la ayuda, también se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad familiar que tendrán que ser inferiores a las siguientes cuantías:

  • 1 miembro 1,7 veces el IPREM (10.972 €)
  • 2 miembros 2,3 veces el IPREM (14.844 €)
  • 3 miembros 2,9 veces el IPREM (18.717 €)
  • 4 miembros 3,5 veces el IPREM (22.589 €)
  • 5 miembros 4,3 veces el IPREM (27.752 €)
  • 6 miembros 4,9 veces el IPREM (31.625 €)
  • 7 miembros 5,5 veces el IPREM (35.497 €)
  • Unidades familiares de 8 o más miembros, el límite máximo de ingresos se establecerá incrementando la cantidad señalada para una unidad de 7 miembros en 3.100 €, por cada miembro de más.
  • El IPREM anual (12 pagas) del año 2020, redondeado es de 6.454 euros

Personas mayores

Tendrán la consideración de personas mayores sin discapacidad quienes hayan cumplido o cumplan 65 años durante el año 2022 y no tengan reconocido grado de discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de presentación de la solicitud.

Documentación a presentar:

  • Solicitud normalizada del procedimiento o servicio.
  • Ficha de acreedores.
  • Certificado de convivencia actualizado expedido por el ayuntamiento en el que resida el solicitante con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de la solicitud. En el certificado deben figurar todos los miembros de la unidad familiar.
  • En su caso, certificados de ingresos del solicitante y de los miembros de la unidad familiar referidos a 2020.
  • En su caso, presentar el consentimiento para la comprobación de la situación socio económica de todos los miembros de la unidad familiar. Dicho consentimiento se realizará con la firma de todos los miembros de la unidad familiar en los apartados correspondientes a cada miembro. El consentimiento figura en la página 2 del modelo normalizado de solicitud.
  • Informe médico acreditativo de la necesidad de la ayuda emitido por un facultativo del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
  • En su caso, presupuesto actualizado que justifique el coste de la ayuda solicitada. . En el presupuesto deberá constar la denominación de la empresa, su número de identificación fiscal, el importe del concepto solicitado y la fecha.
  • En su caso, factura que justifique el coste de la ayuda solicitada. En la factura deberá constar la denominación de la empresa, su número de identificación fiscal, el importe del concepto solicitado y la fecha.

Para aquellos casos en que sea necesario acreditar la situación de persona dependiente:

  • Resolución del reconocimiento de la situación de dependencia.

En caso de firmarse la solicitud por persona distinta al beneficiario, además:

  1. En el supuesto de actuar como guardador de hecho, aportar uno de los siguientes:
  • Documento acreditativo de la representación legal (en su caso).
  • Declaración del firmante (en su caso).

2. En el supuesto de tratarse de persona declarada incapaz por sentencia judicial, además:

  • Sentencia judicial de incapacidad.
  • Declaración judicial sobre nombramiento de representante.

AYUD0126T02 - Ayudas individuales a personas mayores

Personas con discapacidad

Independientemente de la edad, se considerarán personas con discapacidad aquellas a quienes les haya sido reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, así como aquellos que tengan derecho a cualquiera de las siguientes prestaciones:

  • Subsidio de ayuda a tercera persona y subsidio de movilidad y compensación por gastos de transporte previstos, respectivamente, en la Disposición Transitoria Única y en el artículo 8.1.b) del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto de 29 de noviembre de 2013 , el previstos del citado Texto Refundido (subsidios de la derogada Ley de Integración del Minusválido (LISMI), pensión no contributiva de invalidez o aportación económica por hijo a cargo con discapacidad.
  • Quienes tengan reconocido un grado III de dependencia.

Documentación a presentar:

  • Solicitud normalizada del procedimiento o servicio.
  • Ficha de acreedores (Solo en caso de no pertenecer a la base de datos de terceros del Principado de Asturias o pretender un cambio de cuenta bancaria).
  • Certificado de convivencia actualizado, expedido por el ayuntamiento en el que resida el solicitante con una antelación máxima de 3 meses a la fecha de la solicitud. En el certificado han de figurar todos los miembros de la unidad familiar.
  • En su caso, certificados de ingresos del solicitante y de los miembros de la unidad familiar referidos a 2020.
  • En su caso, presentar el consentimiento para la comprobación de la situación socio económica de todos los miembros de la unidad familiar. Dicho consentimiento se realizará con la firma de todos los miembros de la unidad familiar en los apartados correspondientes a cada miembro. El consentimiento figura en la página 2 del modelo normalizado de solicitud.
  • Documento que acredite tener reconocida la condición de persona con discapacidad o el derecho a las prestaciones recogidas en la base II.B.2. Si el grado de discapacidad ha sido reconocido por los centros de valoración de personas con discapacidad de Asturias, se exime de la presentación de este documento.
  • En su caso, presupuesto actualizado que justifique el coste de la ayuda solicitada donde deberá constar necesariamente la denominación de la empresa, su número de identificación fiscal, el importe del concepto solicitado y la fecha.
  • En su caso, factura que justifique el coste de la ayuda solicitada donde deberá constar necesariamente la denominación de la empresa, su número de identificación fiscal, el importe del concepto solicitado y la fecha.

En caso de firmarse la solicitud por persona distinta al beneficiario:

1. En el supuesto de actuar como guardador de hecho:

  • Acreditación de la representación mediante cualquier medio, válido en derecho, que deje constancia fidedigna de su existencia.

2. En el supuesto de tratarse de persona declarada incapaz por sentencia judicial, además:

  • Sentencia de incapacidad.
  • Declaración judicial sobre el nombramiento del representante.

AYUD0126T01 - Ayudas individuales a personas con discapacidad.

Para más información, se puede acudir al centro de servicios sociales más cercano.

*Enlace directo a la solicitud normalizada de la AYUD0126T02 - Ayudas individuales a personas mayores: https://sede.asturias.es/o/sede/serviciosytramites/download/13521654730644233673

*Enlace directo a la solicitud normalizada de la AYUD0126T01 - Ayudas individuales a personas con discapacidad: https://sede.asturias.es/o/sede/serviciosytramites/download/13521653573142244744

  • Personas y Bienestar

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