Maintenance and Public Roads
El BOPA publica hoy la Ordenanza de Animales, que entrará en vigor el día 25
03 ago. 2022
La ordenanza se aprobó por unanimidad en el pleno y es producto del consenso con 15 asociaciones. Los dos o tres primeros meses la Policía Local realizará una labor informativa para que el texto sea de mayor conocimiento de los dueños de mascotas

 

El Boletín Oficial de Principado de Asturias (BOPA) publica hoy la nueva 'Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia, protección y bienestar animal' de Avilés. Según la disposición final segunda, entrará en vigor a los 15 días (hábiles) de su completa publicación en el BOPA, por lo que ya será de obligado cumplimiento desde el 25 de agosto. Cabe señalar que no se presentó ninguna alegación a la misma durante el periodo de información pública y que fue aprobada en pleno con la unanimidad de los grupos municipales.

Durante los dos o tres primeros meses en vigor la Policía Local de Avilés realizará una labor divulgativa con el objeto de que los y las propietarias de mascotas conozcan los derechos de los animales y sepan las obligaciones que conllevan.

El concejal de Participación Ciudadana, Jorge Luis Suárez, destaca que la ordenanza parte de garantizar "el bienestar de los animales" y que la normativa, pese a que contempla sanciones para quienes caigan en incumplimientos, "no tiene ningún interés recaudatorio", y prueba de ello es que se recogen las sanciones económicas más bajas para este tipo de infracciones.

La Ordenanza Municipal reguladora de la Tenencia, Protección y Bienestar Animal del Ayuntamiento de Avilés nace con el objetivo de regular el reconocimiento y la protección de la dignidad de los animales por parte de la sociedad, garantizando el bienestar de los mismos en su condición de seres vivos dotados de sensibilidad, de acuerdo con la nueva definición del Código Civil.

Además, el texto busca promover la convivencia, en términos satisfactorios para todas las partes, entre las personas que poseen animales de compañía y las que no optan por ello. Se pretende asegurar que ni su presencia ni sus hábitos impliquen un perjuicio para la higiene, el ornato, el ruido y la seguridad de la ciudad.

Hace especial hincapié en la promoción de la tenencia responsable de los animales, en la protección y defensa de sus de sus derechos, en la atención de sus necesidades en caso de abandono y maltrato, y en todo aquello que ayude a su desarrollo integral.

Asimismo, la nueva norma abre la posibilidad de establecer una tasa por la tenencia de animales de compañía, con el fin de que la Administración pueda ofrecer un número mayor de servicios de calidad para los animales de compañía.

Entre los aspectos más destacados de la ordenanza se encuentran los siguientes:

  • Se prohíben los actos que impliquen causar la muerte de animales o el uso de los mismos en espectáculos públicos que puedan derivar en crueldad, mofa, daño y sufrimiento.
  • Se plantean medidas para impedir mantenerlos atados de forma permanente o durante largos periodos de tiempo.
  • La tenencia de animales de compañía en viviendas urbanas comportará el respeto a las normas higiénicas, de seguridad y molestias e incomodidades a los vecinos, por ruidos, olores y otros.
  • A partir de la tenencia de más de tres animales se exigirá una declaración responsable, mientras que a partir de cinco se exigirán las mismas medidas que deben contemplar los núcleos zoológicos.
  • Se prohíbe dejar solos los animales en el domicilio durante más de un día, debiendo garantizarles siempre comida y agua.
  • Se prohíbe su permanencia en vehículos estacionados durante más de media hora.
  • Se incluye un capítulo específico para regular todo lo concerniente a los gatos que forman parte de las colonias urbanas.
  • En los lugares públicos, los animales de compañía deberán:
    • Ir sujetos con correa de un máximo de longitud de 2 metros. Los potencialmente peligrosos deberán de llevar asimismo bozal. Todo ello salvo en los lugares señalados por el Ayuntamiento para su expansión y disfrute.
    • Los excrementos y micciones deberán ser recogidos por sus tenedores en el primer caso, y diluida con botella de agua en el segundo.
    • Se prohíbe la entrada de animales a los locales con manipulación y/o exposición de alimentos y a los centros públicos oficiales. Los propietarios de hoteles, pensiones, bares, cafeterías podrán autorizar a su criterio la entrada en estos establecimientos, debiendo anunciarse en lugar visible a la entrada del establecimiento.
    • En las terrazas exteriores, los animales deberán permanecer en el suelo y bajo control de sus tenedores.
  • Se promoverán campañas divulgativas para el fomento de las adopciones, campañas de concienciación y divulgativas en centros escolares, para la sensibilización y tenencia responsable, en cooperación con las entidades protectoras de los animales de compañía.

El texto incluye títulos específicos para regular la recogida de animales abandonados, errantes y muertos, la labor de las asociaciones y su colaboración con la administración, y el régimen sancionador. En relación con este último aspecto, se estipulan sanciones de hasta 750 euros en las infracciones consideradas como leves, de hasta 1.500 euros en las graves y de hasta 3.000 euros en las muy graves.

Proceso de elaboración

Partiendo de un borrador realizado por la Comisión Especial creada al efecto y realizado en las últimas fechas del mandato de la anterior Corporación Municipal, la actual continuó los trabajos bajo la premisa de elaborar una Ordenanza con el mayor consenso social y político. Para ello, se invitó a comparecer en la citada comisión a profesionales, protectoras de animales, entidades animalistas, colegios profesionales y personas, que a título individual, cuentan con cierta relevancia en la materia dentro de la sociedad avilesina.

Concretamente, durante las nueve sesiones celebradas de la mencionada Comisión Especial, tuvieron lugar quince comparecencias:

  1. Asociación Asturmiaus.
  2. Fundación Protectora de Animales del Principado de Asturias.
  3. Asociación Une dos Soledades.
  4. Asociación Animal Feral.
  5. Asociación Avilés Felino.
  6. Asociación Felina "La Esperanza".
  7. Ilustre Colegio de Veterinarios de Asturias.
  8. Asociación Empresarial de Profesionales Veterinarios.
  9. Sindicato Veterinario SIVEPA.
  10. Flor Rodríguez Lázaro.
  11. Alberto Jesús Arribas.
  12. Criogene Servicios Genómicos.
  13. Raquel González Menéndez.
  14. Policía Local de Avilés
  15. EQUO-Alternativa Verde por Asturias.

Finalizadas las comparecencias, la Secretaría de la Comisión elaboró un nuevo borrador de la Ordenanza, incorporando un buen número de las propuestas expresadas, pasando posteriormente a permanecer en exposición pública.

El 16 de noviembre de 2021, la Comisión de Urbanismo y Promoción Económica dio cuenta de la propuesta inicial de la Ordenanza y abrió un plazo de 5 días para que los grupos políticos municipales pudieran proponer enmiendas a la misma. Estos presentaron cerca de 50 enmiendas al texto, algunas correcciones de estilo, otras de fondo.

Tras reunirse el Equipo de Gobierno con los grupos políticos, de forma individual y en doble vuelta, se han incorporado al texto la gran mayoría de las enmiendas presentadas, bien manteniendo el contenido inalterado de las mismas o bien transacionadas.

Por su parte, la Policía Local ha realizado un intenso trabajo en la adecuación del apartado de sanciones.

El concejal de Participación Ciudadana, Jorge Luis Suárez, señala que "esta es una ordenanza que cuenta con el mayor consenso social y político". El edil recuerda que la norma "es de todos, tanto de la sociedad como de todos los grupos políticos de la Corporación, pues todos hemos participado en el documento final de una forma determinante".

Todo ello, afirma, "subordinado a la tenencia, protección y bienestar animal, sin olvidarnos de la convivencia social entre quienes que disfrutan con los animales de compañía y quienes que no optan por ello".

  • Mantenimiento y Via Publica

También te puede interesar...