Urban Planning, Licenses and Regulations
En tramitación ambiental la modificación del PGO vinculada al acceso peatonal de Garajes a la AS-17
07 may. 2022
Se trata de un trámite obligatorio para toda modificación del Plan General de Ordenación, con independencia de la magnitud de los cambios

El Ayuntamiento de Avilés ha iniciado la tramitación de la Evaluación Ambiental Estratégica simplificada (EAEs) para la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación relativa a los nuevos accesos peatonales desde el poblado de Garajes a la carretera AS-17. El pasado 28 de abril se inició dicha tramitación, para la que se ha redactado el Documento Ambiental Estratégico (DAE), anexando al mismo el borrador de propuesta de Modificación del PGO.

Esta documentación se ha remitido al Servicio de Servicio de Evaluaciones y Autorizaciones Ambientales de la Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 21/2013, la someterá a consultas.

La Evaluación Ambiental Estratégica simplificada (EAEs) es un trámite obligatorio para toda modificación del Plan General de Ordenación, con independencia de la magnitud de los cambios que esta implique. En este caso tiene su origen en la construcción, por parte de la empresa Mercadona SA, de una rampa y una escalinata que comunican el poblado de Garajes con la AS-17 sobre una pequeña porción de terreno, de 130,28 m² de superficie, en el ámbito del Plan Especial APR S-11 "Hospitalilllo de ENSIDESA".

Este acceso se construyó con el objetivo de sustituir una rampa preexistente que fue necesario demoler para la construcción del citado centro comercial. Dado que el reducido espacio ocupado por la misma no cumple con las condiciones de parcela mínima establecidas por el Plan Especial, los terrenos ocupados por la nueva rampa no pudieron segregarse y cederse al Ayuntamiento.

Apreciado el interés público de los terrenos, y siendo gratuita su cesión por parte de Mercadona SA, el Ayuntamiento firmó un convenio con dicha empresa comprometiéndose a alterar la calificación urbanística de esta pequeña parcela, pasando de Comercial Terciario a Espacio Libre Público, más acorde con el uso al que se destinarían los terrenos y sobre los que, ni el Plan General ni el Plan Especial, establecen parcela mínima.

Otro de los objetivos de esta Modificación puntual del PGO es trasladar al resto de la parcela lucrativa la edificabilidad correspondiente a la porción de terreno a ceder al Ayuntamiento, que quedarán carentes absolutamente de edificabilidad, como Espacio Libre público.

De este modo, los 3.500 m² construidos que en la reparcelación voluntaria se adjudicaron a la parcela 4 (con una superficie de 8.873 m²) pasan, en su totalidad, a los 8.742,72 m², que quedarían de parcela lucrativa, una vez deducidos los 130,28 m² que se ceden al Ayuntamiento.

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