Consulta Pública Previa

De conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece una consulta previa a través de la sede electrónica para que los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados puedan emitir su opinión. La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones antes de la elaboración de un proyecto normativo. A continuación se recoge el listado de las iniciativas y propuestas normativas indicando el título, la fecha en que finaliza el plazo de la consulta y el medio para realizar las aportaciones. Está ordenado por fecha de publicación, de más reciente a más antiguo. Pulse aquí para acceder a la relación de consultas públicas previas.