Reconocimiento y/o Pago voluntario de la sanción de multa

Mediante este procedimiento podrá, en cualquier momento anterior a su resolución, reconocer la responsabilidad y/o pagar voluntariamente la sanción de multa derivada de la incoación de un procedimiento sancionador por la comisión de una infracción administrativa de alguna de las siguientes normas: >> 1. Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo. >> 2. Ley del Principado de Asturias 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. >> 3. Ordenanza reguladora del uso y protección de zonas verdes del municipio de Avilés. >> 4. Ordenanza reguladora de la actuación municipal en orden a la protección a las personas y los bienes contra las agresiones producidas por la energía acústica (ruidos y vibraciones). >> 5. Ordenanza municipal de venta ambulante. >> 6. Ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas de hostelería en Avilés. >> 7. Ordenanza municipal de limpieza y recogida de residuos. >> 8. Ordenanza reguladora del estacionamiento de autocaravanas. Observación En los procedimientos sancionadores, el presunto responsable dispone de un plazo de quince días a contar desde el siguiente a la notificación del Decreto de incoación para formular alegaciones. Si no se efectuasen alegaciones en el plazo conferido, el acuerdo de iniciación podrá ser considerado Propuesta de Resolución, a los efectos de lo establecido en el artículo 64.2 f) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En consecuencia, la Administración, transcurrido ese plazo de quince días sin que se hayan formulado alegaciones, podrá resolver el expediente imponiendo la sanción que, en su caso, corresponda. Consecuencia derivada del reconocimiento y/o pago volun