El To Nome Diz Muncho de Ti

Información

Retomamos esta campaña enfocada a la sociedad en general, pero centrada quizás más en personas jóvenes, pero mayores de edad. La idea es la de informar de qué forma se podría hacer un cambio de nombre, apellidos o ambos, según la legislación vigente, además de informar sobre nombres y apellidos con sus formas tradicionales en asturiano. 

¿Qué tienes que hacer?

1.- Solicitar un certificado de equivalencia para el nombre o para el apellido, debe estar expedido por algún organismo oficial. En el Servicio de Política Llíngüística del Principado de Asturias (Edificio Calatrava, c/ Eduardo Herrera “Herrerita”, s/n, primer piso, 33006 Oviedo. Telf:985106741, correo electrónico: opllasturias.org) pueden proporcionártelo.  

2.- Ir al  Registro Civil

Para poner el nombre en asturiano:
- Al ser mayor de edad, nada más tienes que solicitar por escrito en el Registro Civil que te cambien el nombre por el equivalente en asturiano. Tienes que presentar una instancia, un certificado donde quede por escrito plasmada la equivalencia entre tu nombre legal y el que te quieres poner, el DNI y una copia del certificado literal de nacimiento. Si se trata niños recién nacidos o de niñas recién nacidas, nada más hace falta que los/las inscribas con el nombre en asturiano que más te guste. 

Para poner apellidos en su forma asturiana:
- Al ser mayor de edad, se solicita por escrito en el Registro, presentando una instancia, un certificado que acredite la forma asturiana que se corresponde con tus apellidos oficiales, un certificado literal de nacimiento y el DNI. Tu hijos e hijas llevarán tu apellido en asturiano si es que tú ya lo tienes cambiado. 

3.- Acudir a la oficina del DNI

Tras tener cambiados el nombre, los apellidos o ambos, es conveniente que se corrijan también en el Carnet de Identidad para que figuren en él las nuevas formas correctas de tu nombre o apellidos.
Siempre que el D.N.I. esté en vigor, es decir, que el cambio sea sólo para sustituir el nombre o los apellidos por el equivalentes en la lengua vernácula, el trámite es gratuito. Nada más debes ir a la Comisaría de Policía con el D.N.I., con dos fotos y el documento del Registro Civil donde figuran el nombre o los apellidos corregidos. 

Legislación
  • Ley 17/1977, de 4 de enero (BOE nº 7, de 8 de enero de 1977)

Art. 1: “En la inscripción (en el Registro) se expresará el nombre que se le dé al nacido o nacida. Tratándose de españoles, los nombres deberán consignarse en alguna de las lenguas españolas”.

  • Ley 40/1999, de 5 de noviembre (BOE nº 266, de 6 de noviembre de 1999) 

Art. 1: “(…) el padre y la madre, de común acuerdo, podrán decidir el orden de transmisión de su respectivo primer apellido, anteriormente de la inscripción registral”.

Art. 2: “(…) tras solicitarlo la persona interesada o su representante legal, el encargado del Registro sustituirá el nombre propio de aquel por su equivalente onomástico en cualquiera de las lenguas españolas”.

Art. 3: “(…) El encargado del Registro, tras solicitarlo la  persona interesada o su representante legal, procederá a regularizar ortográficamente los apellidos cuando la forma inscrita en el Registro no sea acorde con la gramática y fonética de la lengua española correspondiente”.

Tu nombre te identifica a ti en el mundo como persona y como asturiana o asturiano

En Asturias estamos a tiempo de recuperar nuestros nombres y apellidos tradicionales.

Ahora la ley reconoce la diversidad lingüística de España y permite que los nombres y apellidos de las personas recojan esa riqueza cultural.

Dípticos
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