Primera Ocupación de Nave Industrial
Información
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Objeto/Descripción
Acto administrativo por el cual el Ayuntamiento autoriza la ocupación de la edificación construida o rehabilitada integralmente al amparo de una licencia de obras, una vez comprobada su conformidad con dicha licencia, y el cumplimiento de las condiciones en que, en su caso, aquella fue otorgada. La primera ocupación es independiente de la apertura de la actividad.
Documentación a Presentar
A la solicitud de licencia deben acompañar al menos:
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- Impreso normalizado de solicitud de licencia debidamente cumplimentado.
- Impreso de autoliquidación de tributos (tasas, ICIO....).
- Documentación de Final de Obras suscrita por los técnicos directores de las mismas y visada por su Colegio Oficial, comprendiendo el Certificado correspondiente y las pequeñas variaciones que respecto de lo autorizado por la licencia pudieran haberse introducido en el transcurso de la ejecución de las obras, según lo señalado en el artículo 238.3 del DL 1/2004 TROTUAS.
- Otra documentación exigida en los condicionados específicos de la licencia de obras.
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Unidad Tramitadora
Servicio de Disciplina Urbanística
Tramitación en Sede Electrónica
Información Relacionada
Ficha información primera ocupación.
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